Superación de la Pobreza y la Necesaria Protección de los Derechos Universales de Niños, Niñas y Adolescentes
Superación
de la Pobreza y la Necesaria Protección de los Derechos
Universales de Niños, Niñas y Adolescentes
Enrique E. Batista J., Ph. D.
No
hay causa que merezca más alta prioridad que la protección y el
desarrollo del niño, de quien dependen la supervivencia, la estabilidad y el
progreso de todas las naciones. - Naciones Unidas
En
medio de tantos hechos y de las recientes manifestaciones en el país no fueron
visibles para el común de los ciudadanos dos acontecimientos importantes: “El
día internacional para la erradicación de la pobreza”, que
se celebró el 17 de octubre, y la conmemoración del trigésimo
aniversario del tratado universal para la protección y garantía
de los derechos de niños y adolescentes en todo el mundo.
La “Convención
sobre los Derechos del Niño” es un tratado
internacional que reconoce los derechos humanos de las personas menores de 18 años y que obliga a los gobiernos
a cumplirlos. (https://bit.ly/2DAAA6t). Definió
también obligaciones para los padres, maestros, sectores de la sociedad civil y
los mismos niños y niñas. Tiene la Convención tres protocolos que la
complementan que se refieren a la venta de niños y la prostitución infantil, la
participación de ellos en conflictos armados y al procedimiento para presentar
denuncias ante el Comité de los Derechos del Niño. (https://bit.ly/2RjryCZ).
Su proclamación fue un avance
fundamental y es hoy el tratado universal más ratificado por los países. Sus
contenidos y metas han sido enriquecidos, entre otros, por el derecho de los refugiados, la protección de los derechos de las minorías, los derechos de los pueblos indígenas y la “Convención
sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer”.
Cada uno de ellos cubre de manera inexorable la protección y garantía de los
derechos de niños y adolescentes. Puede observarse también que cada uno de los “17
Objetivos de Desarrollo Sostenible – 2030” está recorrido por esa garantía
y protección. Verbi y gratia: Fin de la pobreza
(que es el Objetivo 1), Hambre cero, Salud y bienestar, Educación de calidad,
Igualdad de género, Reducción de las desigualdades, y Paz, justicia e
instituciones sólidas. (https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/objetivos-de-desarrollo-sostenible/). Por eso se reafirma que la salvaguardia de esos
derechos debe formar parte visible de las políticas y acciones de todos los
gobiernos y de la sociedad civil para un futuro sostenible.
En todo el mundo, ha destacado la
UNICEF, se "han realizado importantes esfuerzos para asegurar su
aplicación y generar condiciones óptimas de desarrollo y bienestar para cada
niña, niño y adolescente". Se han dado también desarrollos asociados a
la protección de la familia. (https://uni.cf/2RcmNuL).
En Colombia se muestran avances en
estos 30 años. Sobresale el “Código de Infancia y Adolescencia” (leyes 1098
de 2006 y 1878 de 2018.) que tiene como finalidad. “Garantizar
a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo
para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de
felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la
dignidad humana, sin discriminación alguna”.
Existe, además, la “Política Nacional de Infancia y Adolescencia
2018-2030” que pone énfasis en “la materialización de las condiciones
humanas, sociales y materiales que permitan el desarrollo integral de las
niñas, niños y adolescentes”. (El lector puede leer aquí las leyes y esta
Política: https://bit.ly/2rL1qGe; https://bit.ly/33J4G2f ). Ya la
Constitución de 1991 había destacado el interés superior y prevalencia de sus
derechos.
La pobreza, se recalca con
insistencia, no es solo monetaria. En Colombia son bien conocidos los niveles
de pobreza global y monetaria en la que viven muchas familias en ausencia de
adecuadas condiciones de alimentación, salud, acceso a agua potable, vivienda, trabajo
estable y remuneración digna, educación de baja calidad o ausencia de ella,
carencia de espacios para la recreación y baja o nula participación ciudadana.
Ha
señalado el alto comisionado de las Naciones Unidas para los derechos humanos y
la pobreza “Los Principios Rectores sobre la Extrema Pobreza y los Derechos
Humanos”. Principios destinados a que “los gobiernos los utilicen para asegurar
que las políticas públicas, incluyendo los esfuerzos para erradicar la pobreza,
alcancen a los miembros más pobres de la sociedad; respeten y defiendan sus
derechos." Agrega que quienes viven en la extrema pobreza con
frecuencia son desatendidos o abandonados en abierta violación de los derechos humanos.
Esa discriminación está generalizada y ampliamente tolerada. (https://bit.ly/2rK25rA).
El limitado indicador internacional que delimita el
umbral de pobreza no cubre del todo las múltiples y simultáneas maneras en las que
las personas sufren la pobreza. Sin embargo, el “Índice de Pobreza
Multidimensional” ha revelado que los niños la padecen de manera más aguda
que los adultos y que uno de cada tres niños vive en pobreza multidimensional, el
doble de la incidencia en adultos. (https://bit.ly/2OITU7M).
El análisis de la línea de pobreza en el país, según los estándares del DANE, (https://bit.ly/2DD5Mll) llevó a que a la línea de pobreza monetaria extrema per cápita nacional fuese en 2018 de $117.605 mensuales; para hogares con cuatro miembros fue de $470.420. La línea de pobreza monetaria per cápita nacional fue $257.433 y de $1.029.732 para hogares con cuatro personas. La pobreza monetaria en 2018 fue del 34% y la extrema del 9%. De otro lado, la pobreza multidimensional, que tiene en cuenta factores como educación del hogar, condiciones de la niñez y juventud, salud, trabajo, acceso a servicios públicos domiciliarios y condiciones de la vivienda, aumentó en comparación con 2016 a 19,6% (creció un 1,8% más), lo que significó que 1.107.000 personas entraron a la pobreza multidimensional.
Bien se ha reiterado el dictum que
nos dice “Conoce tus derechos y respeta los
de los demás”. Para invocar
derechos propios es necesario conocerlos en conjunto con los deberes que se
requieren para vivir en una democracia y ser ciudadano solidario y pacífico.
Se precisa vivir las libertades básicas de cada uno
sin perturbar las de los demás.
Ya la ley general de la educación en
1994, en su artículo primero, fijó que: “La educación es un
proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta
en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus
derechos y de sus deberes”. Y destacó entre los
fines educativos la formación “en
derechos humanos, en el respeto a la vida y a los
demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos de convivencia,
pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la
tolerancia y de la libertad… consolidación de una sólida
formación ética y moral, y fomento a la práctica del respeto a los derechos
humanos”.
Todos, empezando por los niños, niñas y
adolescentes tenemos el derecho al libre desarrollo pleno y sano de la
personalidad, el cual tiene sus alcances más mediatos en la familia y en la
escuela, y los más próximos en las acciones de los gobiernos y de la sociedad
civil para garantizar los derechos que consagran la Constitución, las leyes y
las convenciones o tratados internacionales.
Una educación de mala calidad viola
los derechos de los más jóvenes y a la vez el derecho de todos porque afecta
las condiciones de desarrollo y crecimiento personal y social. De una educación
con calidad, y la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes,
como se destaca en el epígrafe de este artículo, “depende la supervivencia,
la estabilidad y el progreso de todas las naciones”.
Vivir en pobreza viola los derechos
humanos de todos, en especial los de los niños y adolescentes.
En la “Convención sobre los
Derechos del Niño” se reconoció que los niños tienen identidad propia y que
son titulares de derechos no negociables. En consonancia con la “Declaración Universal
de los Derechos Humanos” estos son universales, inalienables, irrenunciables,
imprescriptibles e indivisibles.
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